Consejo Politico Estatal
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DEFINICIÓN

El  Consejo Político Estatal se integra con cuadros que ocupan y que han ocupado cargos de dirigencia y de elección popular y con una representación sectorial y territorial electa democráticamente respetando el principio de paridad de genero y la incorporación de por lo menos la tercera parte de jóvenes hasta de 30 años.

Por mandato estatutario el Consejo Político Estatal es un órgano, deliberativo, de dirección colegiada, de carácter permanente, en el que las fuerzas más significativas del partido en la entidad son corresponsables de la planeación, decisión  y evaluación de la política partidaria.

El Consejo funciona en pleno y por medio de sus comisiones temáticas y de dictamen.

Entre cada sesión ordinaria del Consejo, puede sesionar la Comisión Política Permanente para resolver las situaciones de obvia y urgente resolución que llegaren a presentarse.

De los acuerdos que en esas condiciones se tomen la Comisión debe dar cuenta al pleno del Consejo en la siguiente sesión ordinaria.

Derechos Reservados 2010. Partido Revolucionario Institucional. Comite Directivo Estatal del PRI. Sinaloa.